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CONTRATOS DE EJEMPLO
CONTRATO DE GUIONISTA

 

En __________, a __ de __________ de 20_ .


REUNIDOS

De una parte__________________ mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ _________, __, _____, de___________ y con N.I.F. _________, en nombre y representación de la sociedad mercantil_____________________,(en adelante LA PRODUCTORA), con domicilio en ___________, calle _____________, ____ ; y con CIF _________.

Por otra D. _____________, mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en c/ _________, __, _____, de ________ y con N.I.F. _________, en nombre y representación de la sociedad mercantil __________, (en adelante LA EMPRESA),con domicilio en ______, calle _______, __ ; y con CIF _________.


Ambas partes, con plena capacidad legal para la celebración de este contrato, capacidad que dicen tener y que mutuamente se reconocen, libre y espontáneamente


MANIFIESTAN


I.-Que LA PRODUCTORA es una Entidad Mercantil dedicada, entre otras, a las actividades de producción, grabación y comercialización de obras y programas audiovisuales.
II.-Que LA EMPRESA es una Entidad Mercantil dedicada, entre otras, a las actividades de elaboración de guiones para producciones audiovisuales.
III.- Que LA PRODUCTORA desea contratar los servicios profesionales de LA EMPRESA, para que ésta lleve a cabo la elaboración de guiones para producciones de LA PRODUCTORA.

Por cuanto antecede, las partes acuerdan formalizar el presente contrato de compraventa con arreglo a las siguientes


ESTIPULACIONES

PRIMERA.- Obejto.

Por el presente contrato LA EMPRESA se compromete a realizar guiones para el desarrollo y elaboración de las producciones que LA PRODUCTORA va a llevar a cabo, atendiendo a las indicaciones de LA PRODUCTORA, y entregando los guiones requeridos por LA PRODUCTORA, en el plazo y en el lugar indicado por la misma.

Los servicios objeto del presente contrato serán prestados por LA EMPRESA en sus dependencias, utilizando sus propios medios, equipo y personal. No obstante y cuando resultase necesario para el adecuado cumplimiento de los servicios encomendados, LA PRODUCTORA pondrá a disposición de LA EMPRESA sus instalaciones, así como los medios materiales que pudiera precisar.

Sin perjuicio de que la ejecución de los servicios objeto de este Contrato sea llevada a cabo por el personal que ésta considere oportuno en cada momento, LA EMPRESA se compromete a que los mencionados servicios sean desarrollados principalmente por D. ________, empleado de LA EMPRESA, por sus amplios conocimientos y experiencia en redacción de guiones.
Asimismo es objeto del presente contrato la cesión de los derechos de propiedad intelectual sobre los guiones realizados tal y como se estipula en la cláusula cuarta.


SEGUNDA.- Contraprestación.

LA EMPRESA percibirá, por la totalidad de las prestaciones y cesiones de derechos que se estipulan en este Contrato, la cantidad de _________________, a las que se aplicarán los impuestos y retenciones fiscales vigentes en cada momento. El pago de dicha cantidad se efectuará previa presentación de factura, en la primera quincena del mes posterior a aquél objeto de la prestación.

La contraprestación a tanto alzado pactada en este Contrato por parte de LA PRODUCTORA incluye la cesión de los derechos de autor contemplada en la cláusula cuarta del presente contrato para todas las modalidades de explotación que de los guiones pueda ejercitar LA PRODUCTORA. En base al artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 1/1996 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI, en adelante) se pacta dicha retribución a tanto alzado por lo que el autor no tendrá derecho a reclamar ninguna otra retribución por la explotación por los guiones realizados.


TERCERA.- Duración del contrato .

El presente contrato entrará en vigor el día __ de ________ de ______ y se mantendrá en vigor, en lo referente a la prestación de servicios, hasta el día __ de _______ de ____, sin perjuicio de que pueda prorrogarse posteriormente mediante anexo al mismo.


CUARTA.- Cesión de derechos.

LA EMPRESA declara que es titular de los derechos de propiedad intelectual sobre los guiones elaborados en virtud del presente contrato, y cede en exclusiva a LA PRODUCTORA, con facultad de cesión a terceros, los derechos de explotación en cualquier forma, y en especial los de fijación, reproducción, transformación, comunicación pública, y distribución sobre dichos guiones, y/o de la obra audiovisual que incorpore dichos guiones y/o de la representación digital de los mismos, en orden a su explotación televisiva (incluyendo, de forma enunciativa y no exhaustiva, la televisión analógica o digital, por cable, por satélite analógico o digital, TV de pago, o cualquier otra modalidad de emisión, transmisión o retransmisión ya sea electrónica, tradicional, digital o analógica), cinematográfica, a través de merchandising y por cualquier otro medio de explotación (incluyendo la explotación digital o electrónica); para todo el mundo y hasta el paso de las mismas a dominio público. La cesión de los derechos de Comunicación Publica se entiende realizada para todos los actos relacionados en el artículo 20.2 de la LPI.

Quedan reservados para el autor los derechos de reproducción en vídeo, distribución mediante la puesta a disposición de videocopias, para su utilización en el ámbito doméstico, y comunicación pública, con el único fin de tener acceso al contenido económico que del ejercicio de tales derechos se desprende y que es gestionado y recaudado en su nombre por la Sociedad General de Autores de España.

No obstante esta reserva de derechos, LA PRODUCTORA podrá contratar con terceros, sin necesidad de autorización expresa de LA EMPRESA, las habituales prácticas comerciales a que es normalmente sometido el producto objeto de este contrato.

No se entienden cedidos por LA EMPRESA los derechos morales incluidos en el artículo 14 de la LPI, entre otros, los derechos de divulgación, paternidad, integridad, retirada y acceso al ejemplar único o raro de la obra.

LA EMPRESA cede el derecho de alquiler de los guiones a LA PRODUCTORA reservándose, no obstante, el derecho irrenunciable a obtener una remuneración equitativa de la Entidad de Gestión correspondiente, tal y como consta en este Contrato y de acuerdo con el artículo 90.2 y 90.7 de la LPI, como consecuencia, en su caso, del alquiler de su obra.

La remuneración de la cesión de derechos de propiedad intelectual se entiende incluida en la remuneración pactada en la cláusula segunda, no teniendo por tanto LA EMPRESA, derecho a reclamar de LA PRODUCTORA ninguna otra cantidad de dinero.


QUINTA.- Garantías

LA EMPRESA se compromete a prestar sus servicios de forma diligente para el correcto funcionamiento de LA PRODUCTORA, atendiendo a sus indicaciones y directrices para el desarrollo de los servicios. Asumiendo la obligación de indemnizar a LA PRODUCTORA de cuantos daños y perjuicios pudieran ocasionarse a la misma por el incumplimiento por parte de LA EMPRESA de las obligaciones que asume en virtud del presente contrato, y en concreto de las que se deriven de la entrega de guiones fuera del plazo establecido por LA PRODUCTORA.

Asimismo, LA EMPRESA declara que es titular de todos los derechos de propiedad intelectual sobre los guiones, presentes o futuros, que se realicen en virtud del presente contrato. En virtud de lo expuesto, LA EMPRESA será responsable ante las reclamaciones de terceras partes derivadas de dicha cesión.

SEXTA.- Responsabilidad

LA EMPRESA se compromete a estar al día de sus cotizaciones al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social. Eximiendo expresamente a LA PRODUCTORA de toda responsabilidad ante cualquier reclamación derivada del incumplimiento por LA EMPRESA de dichas obligaciones; garantizando, por ello, a LA PRODUCTORA su completa indemnidad por esos conceptos.

A pesar de lo anteriormente expuesto, LA PRODUCTORA podrá retener de las facturas pendientes de pago de LA EMPRESA las cantidades correspondientes, ante reclamaciones del fisco o de la Seguridad Social.

LA PRODUCTORA podrá exigir a LA EMPRESA en cualquier momento la acreditación del cumplimiento de las obligaciones expuestas, y en concreto el alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos y pago de las correspondientes cuotas y cuantos documentos sean necesarios para la legal adquisición o contratación de servicios.


SÉPTIMA.- Propiedad.

Los guiones elaborados por LA EMPRESA, objeto de este contrato, son propiedad exclusiva de LA PRODUCTORA, la cual podrá explotar y comercializar los mismos sin que por ello, LA EMPRESA tenga derecho a recibir retribución alguna.


OCTAVA.- Suspensión/Resolución del contrato.

Por la suspensión/resolución del contrato que LA PRODUCTORA mantiene con terceras entidades de radiodifusión y que es una de las causas del presente contrato, LA PRODUCTORA podrá suspender/resolver el presente contrato, sin que se derive por ello ninguna otra obligación para LA PRODUCTORA que la mera comunicación de dicha suspensión o extinción a LA EMPRESA.

Asimismo, y sin perjuicio de las causas legales, LA PRODUCTORA podrá resolver el presente contrato en los siguientes supuestos:

- Incumplimiento de las obligaciones adquiridas por parte de LA EMPRESA en virtud del presente contrato, y en concreto, de los plazos de entrega de los guiones .
- Falta de una calidad mínima en los guiones, circunstancia que determinará LA PRODUCTORA en comparación con aquellos guiones que LA EMPRESA haya venido realizando.

En tales supuestos LA PRODUCTORA deberá comunicar a LA EMPRESA su voluntad de resolver el presente contrato, con al menos un mes de antelación, y abonando las cantidades pendientes de pago.


NOVENA.-Legislación aplicable y Tribunales competentes

El presente contrato se pacta con expresa exclusión de cualquier tipo de relación laboral, y para la realización de una prestación de servicios de naturaleza mercantil.

Las partes con renuncia de su propio fuero o del que pudiera corresponderles, para la interpretación y resolución de los conflictos que pudieran surgir entre ellas, como consecuencia de este contrato, se someten a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede y con voluntad de obligarse, las partes firman el presente documento en duplicado ejemplar en _____________ a _ de ________ de ___________.

LA PRODUCTORA LA EMPRESA


D. _______________. D.__________________.






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